miércoles, enero 19, 2005

Una sentencia judicial obliga a indemnizar con más de 23.000 euros a un matrimonio por la -tomadura de pelo- que sufrió al comprar un coche de ocasión

Además de los daños morales, el concesionario debe indemnizar a los compradores con el precio del vehículo más los intereses

El titular del Juzgado de Primera Instancia número 41 de Barcelona ha condenado a un concesionario a pagar una indemnización de poco más de 5.000 euros a un joven matrimonio en concepto de daño moral "por la tomadura de pelo" que sufrieron al comprar un coche con graves defectos.

La sentencia, según informa Europa Press, señala que el matrimonio ha sufrido "frustración, sensación de engaño o tomadura de pelo, temor a la pérdida de la cantidad pagada por un bien que se deprecia con el tiempo y que se le suponía dotado de una calidad y prestaciones que luego no tenía, y cuya situación ha creado malestar y hasta angustia".

Además del daño moral, el juez ha condenado al concesionario Catalunya Motor a devolver el precio pagado por el vehículo, un Seat Leon de ocasión, por el que abonaron más de 18.000 euros, con sus intereses desde el día de la venta.

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